N° 177-2021-MINEDU Lima, 09 de junio de 2021 VISTOS, el Expediente N° 0067388-2021, el Informe Nº 00014-2021- MINEDU/VMGP-DIGESUTPA de la Dirección General de Educación Técnico - Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe Nº...
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N° 177-2021-MINEDU Lima, 09 de junio de 2021 VISTOS, el Expediente N° 0067388-2021, el Informe Nº 00014-2021- MINEDU/VMGP-DIGESUTPA de la Dirección General de Educación Técnico - Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe Nº 00602-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, dependiente de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 060-2021-AAG-DBROTES-EVISAP-CDC/MINSA, elaborado por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, el Informe Nº 00696-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la orga
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