C/ Príncipe de Vergara, 13 - 7ª Planta
28001 Madrid
Telf.
: 91 577 41 13 Fax: 91 577 29 59
www.
ftsp.
uso.
es
Madrid, 23 de enero de 2012
A TODAS LAS FEDERACIONES REGIONALES, PROVINCIALES
Y RESPONSABLES DE SEGURIDAD PRIVADA
Estimados compañeros/as:
En...
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C/ Príncipe de Vergara, 13 - 7ª Planta
28001 Madrid
Telf.
: 91 577 41 13 Fax: 91 577 29 59
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uso.
es
Madrid, 23 de enero de 2012
A TODAS LAS FEDERACIONES REGIONALES, PROVINCIALES
Y RESPONSABLES DE SEGURIDAD PRIVADA
Estimados compañeros/as:
En archivo adjunto os remitimos la sentencia de la Audiencia Nacional dictada contra
las empresas Esabe Vigilancia, S.
A.
y Esabe Transportes Blindados sobre Conflicto
Colectivo.
En ella, se estima la demanda por conflicto colectivo promovida por la USO y
declaran que los trabajadores afectados por el conflicto tienen derecho a percibir sus
remuneraciones mensuales en los tres primeros días hábiles o, en su defecto, dentro
de los cinco días naturales del mes siguiente al mes vencido, y condenan a Esabe
Vigilancia, S.
A.
y Esabe Transportes Blindados a estar y pasar por dicha declaración
a todos los efectos legales oportunos.
Asimismo, los trabajadores que extingan su relación laboral con las empresas
demandadas tienen derecho a percibir
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