C/ Príncipe de Vergara, 13 - 7ª Planta
28001 Madrid
Telf.
: 91 577 41 13 – Fax: 91 577 29 59
www.
ftsp.
uso.
es
Estimados compañeros y compañeras
En estos días se ha suscitado una controversia en el ámbito de los trabajadores de
Securitas España, ante la...
More
C/ Príncipe de Vergara, 13 - 7ª Planta
28001 Madrid
Telf.
: 91 577 41 13 – Fax: 91 577 29 59
www.
ftsp.
uso.
es
Estimados compañeros y compañeras
En estos días se ha suscitado una controversia en el ámbito de los trabajadores de
Securitas España, ante la aplicación estricta por parte de la empresa, de lo que el
convenio colectivo dice al respecto del abono de anticipos a los trabajadores.
Recordemos:
ARTÍCULO 65.
- Anticipos.
El trabajador tendrá derecho a percibir anticipos a cuenta, por el trabajo ya realizado, sin que pueda exceder del 90
por ciento del importe de su retribución total mensual de las tablas de retribución del Anexo más la antigüedad, en
un plazo máximo de cuatro días hábiles desde la solicitud.
Si bien es cierto que hasta no hace muchas fechas, la empresa no ponía reparo alguno al
abono de anticipos por cantidades que sobrepasaban generalmente estos porcentajes,
debemos de valorar el que estamos en una época de recortes a todos los niveles, y
dificultades económica
Less