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INTRODUCCIÓN
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Articulo 127,
destaca: “Es un derecho y deber de cada generación proteger y mantener el
ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
Toda persona tiene
derecho...
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INTRODUCCIÓN
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Articulo 127,
destaca: “Es un derecho y deber de cada generación proteger y mantener el
ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
Toda persona tiene
derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y un ambiente seguro,
sano y ecológicamente equilibrado”.
En tal sentido, se ejecutará un Proyecto
orientado a formular una propuesta la cual está basada en la construcción de
cuatro cuartos para la recolección de los desechos sólidos, en la comunidad de las
Terrazas Zona “A”, Sector UD-2, Parroquia Caricuao – Distrito Capital.
Para la
ejecución de este proyecto se pretende realizar la gestión orientada a tramitar con
las respectivas instituciones, la Comunidad Terrazas Zona “A”, Sector UD-2,
Parroquia Caricuao a través del Consejo Comunal, corporaciones de servicios de
las Alcaldías Metropolitana y Libertador, y empresas encargadas de la recolección
de desechos sólidos como FOSPUCA, Coope
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