Desde hace un tiempo las empresas de
seguridad vienen estudiando la posibilidad de
realizar contratos de vigilancia en los que, con
un mismo servicio se atienda la vigilancia de varioslugarespróximosentresí.
Ante las dudas sobre la legalidad de
este tipo...
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Desde hace un tiempo las empresas de
seguridad vienen estudiando la posibilidad de
realizar contratos de vigilancia en los que, con
un mismo servicio se atienda la vigilancia de varioslugarespróximosentresí.
Ante las dudas sobre la legalidad de
este tipo de actividad, la Secretaría General
Técnica ha puesto de manifiesto, en un informe
remitido a esta Unidad, los siguientes extremos:
En la normativa de seguridad privada,
no existe ninguna referencia al supuesto planteado, y por tanto hay que atenerse a lo establecido en la misma así como en las bases que establezca el convenio colectivo del sector y, en particular, en las cláusulas que en cada contrato se
determinan.
Sin embargo, para que tal prestación se realicedentrodeloestablecidoenlanorma,enningúncasolavigilanciasepodrárealizar
deformasimultáneaendosomásestablecimientos, debiendo desarrollarse de forma sucesiva en
cada uno de ellos y por un tiempo previamente
determinado, teniendo que estar perfectamente
reflejado en el contrato
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