LEY 765 DE 2002 Decretada EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-316 de 2003 «PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA VENTA DE NIÑOS, LA PROSTITUCION INFANTIL Y LA UTILIZACION DE LOS NIÑOS EN LA...
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LEY 765 DE 2002 Decretada EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-316 de 2003 «PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA VENTA DE NIÑOS, LA PROSTITUCION INFANTIL Y LA UTILIZACION DE LOS NIÑOS EN LA PORNOGRAFIA. Los estados parten en el presente protocolo, Se considera que para asegurar los propósitos de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus disposiciones según los artículos 1°, 11, 21, 32, 33, 34, 35 y 36, sería conveniente ampliar las medidas que deben adoptar los Estados para garantizar la protección de los menores contra la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Considerando que en la convención sobre los derechos del niño se le reconoce el derecho del niño contra la explotación económica y la realización de trabajos que sea peligroso entorpecer su educación, salud, desarrollo físico, mental,espiritual,moral o social. Preocupados por el crecimiento de la trata internaci
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