ARTÍCULO 22.
ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
Conformación
El consejo Directivo promoverá la constitución de una Asociación
de Padres de familia para lo cual podrá citar a una asamblea
Constitutiva, suministrar espacio o ayudas de secretaría, contribuir
en...
More
ARTÍCULO 22.
ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
Conformación
El consejo Directivo promoverá la constitución de una Asociación
de Padres de familia para lo cual podrá citar a una asamblea
Constitutiva, suministrar espacio o ayudas de secretaría, contribuir
en el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar iniciativas
existentes.
(art.
30 del 1860)
Funciones de la Asociación de Padres de Familia
La asociación de Padres de Familia de la Institución se dará sus
propios Estatutos, pero además de las funciones que allí se
consignen, podrá desarrollar actividades como las siguientes (art.
30 del 1860):
a) Velar por el cumplimiento del proyecto Educativo Institucional
y su continua evaluación, para lo cual podrá contratar
asesoría especializada.
b) Promover programas de formación de los padres para cumplir
adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.
c) Promover el proceso de constitución del Consejo de padres
de familia, como apoyo a la función pedagógica que les
compete.
d) Prom
Less