CIRCULAR CONJUNTA
PARA: Gobernadores, Alcaldes y representantes legales de los organismos y
entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del
nivel territorial.
DE: Ministro del Trabajo y Director Departamento Administrativo de la...
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CIRCULAR CONJUNTA
PARA: Gobernadores, Alcaldes y representantes legales de los organismos y
entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del
nivel territorial.
DE: Ministro del Trabajo y Director Departamento Administrativo de la Función
Pública.
ASUNTO: Reporte de información planta y contratos de prestación de servicios.
FECHA: Bogotá D.
C.
,
Es prioridad del Gobierno Nacional promover la formalización laboral, para lo cual las
entidades públicas deben observar las normas, los convenios, los principios y los
postulados que orientan el trabajo decente, lo cual impone el deber de evitar la
celebración de contratos de prestación de servicios que, en la práctica, puedan dar
lugar a la configuración de contratos de trabajo realidad.
De conformidad con lo señalado en el artículo 14 de la Ley 909 de 2004, le
corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública, bajo las
orientaciones del Presidente de la República, la formulación de la política, la
pl
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