SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS
DISCAPACITADOS
Decreto 38/2004
Establécese que el certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.
431 y su
modificatoria será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para
viajar en los distintos...
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SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS
DISCAPACITADOS
Decreto 38/2004
Establécese que el certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.
431 y su
modificatoria será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para
viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor
de la autoridad nacional.
Bs.
As.
, 9/1/2004
VISTO el Expediente N° 14.
714/03 del registro de la Secretaría General de la
Presidencia de la Nación, el Sistema de Protección Integral de las Personas con
Discapacidad, instituido por la Ley N° 22.
431 modificada por las Leyes N° 24.
314 y
25.
635, la Reglamentación aprobada por el Decreto N° 914/97 y su modificatorio N°
467/98, y
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad del Gobierno Nacional asumir las prioridades contenidas en el
Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, aprobado por la
Asamblea de las Naciones Unidas, que enfatizan el derecho de esas personas a
participar en igualdad de condiciones y con e
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