ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00026-A FANDER FALCONÍ BENÍTEZ MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 26 y 27, determina que la educación es un derecho de las personas y un deber ineludible e...
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ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00026-A FANDER FALCONÍ BENÍTEZ MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 26 y 27, determina que la educación es un derecho de las personas y un deber ineludible e inexcusable del Estado, que constituye un área prioritaria de la política pública, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el Buen Vivir. Las personas, la familia y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo; Que, el artículo 44 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas; Que, el artículo 45 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que el Esta
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