La Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores con respecto a la
determinación jurídica insular sobre la Bahía de Fonseca, reitera a la opinión pública
nacional e internacional, lo siguiente:
1. La Sentencia de la Sala Especial de la Corte...
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La Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores con respecto a la
determinación jurídica insular sobre la Bahía de Fonseca, reitera a la opinión pública
nacional e internacional, lo siguiente:
1. La Sentencia de la Sala Especial de la Corte Internacional de Justicia del 11 de
septiembre de 1992, en la parte relevante de su Párrafo 431 declaró que se confirió a la
Sala la jurisdicción para determinar, entre las Partes, la situación legal de todas las islas del
Golfo de Fonseca, pero que tal jurisdicción sólo debería ejercitarse en relación a aquellas
islas que se demostró que estaban en disputa.
2. La misma Sentencia en la parte dispositiva recoge que se demostró que las islas que
estaban en disputa entre Honduras y El Salvador fueron: 1) El Tigre; 2) Meanguera; y 3)
Meanguerita.
3. Dicha Sentencia decidió: 1) Que la isla de El Tigre es parte del territorio soberano
de la República de Honduras; 2) Que la isla de Meanguera es parte de la soberanía del
territorio de la Rep
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